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Laboral26 abr 2026

Genera gratis el anexo de redistribución de jornada por el nuevo límite de 42 horas (Ley 21.561)

Desde el 26 de abril rige la jornada de 42 horas semanales. La ley adecua el contrato sola, pero la nueva distribución de las horas sí requiere acuerdo por escrito. Genera tu anexo aquí, gratis y sin registro.

Genera gratis el anexo de redistribución de jornada por el nuevo límite de 42 horas (Ley 21.561)

Si tienes un contrato vigente puertas afuera con 44 horas semanales, desde hoy 26 de abril el límite legal de la jornada bajó a 42 horas. Es el cuarto escalón de la reducción gradual de la Ley 21.561, y deja un último paso pendiente: 40 horas en abril de 2028.

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Cómo opera el cambio

El Art. 2° transitorio de la Ley 21.561 establece que la reducción se entiende incorporada al contrato por el solo ministerio de la ley. En la práctica: el contrato que decía "44 horas semanales" pasa automáticamente a tener un máximo de 42 horas desde hoy, sin necesidad de firmar nada para que la modificación sea exigible.

Lo que sí necesitas decidir con tu trabajadora es cómo se redistribuyen esas horas en la semana. La ley no lo resuelve por ti, y ahí entra el anexo.

La distribución horaria sí requiere acuerdo

Las 2 horas que sobran no se ajustan solas: hay que decidir si la trabajadora sale antes todos los días, si se libera un día cada dos semanas, si la jornada del viernes queda más corta, etc. Esa decisión la toman las partes y conviene dejarla por escrito.

Tres razones para firmar un anexo:

  1. 1Acuerdo formal sobre cómo quedan las nuevas horas día a día.
  2. 2Constancia escrita del nuevo límite y la nueva distribución, útil ante una fiscalización DT.
  3. 3Evita disputas sobre cumplimiento de jornada en futuras liquidaciones.

El Art. 1° transitorio de la Ley 21.561 es claro: la reducción no puede implicar disminución de remuneraciones. El sueldo se mantiene íntegro aunque trabaje 2 horas menos a la semana.

Cómo formalizar la nueva distribución

Llenas los datos del contrato, indicas la nueva distribución horaria que acordaste con tu trabajadora, y descargas el anexo en PDF listo para imprimir y firmar. No requiere registro ni descargar nada — funciona desde el navegador.

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Puertas adentro: por qué no aplica

Las trabajadoras puertas adentro se rigen por el Art. 149 inciso 2° del Código del Trabajo: descansos mínimos de 12 horas diarias absolutas, 9 horas ininterrumpidas entre jornadas, sin horario semanal fijo. La Ley 21.561 no las afecta porque no tienen jornada ordinaria semanal en el sentido del Art. 22.

A cambio, ya tienen el beneficio del Art. 150 letra d): dos días de libre disposición remunerados al mes, vigente desde el 26 de abril de 2024.


Fuente: Ley 21.561 (D.O. 26.04.2023), Dictamen 81/02 de la Dirección del Trabajo (1.02.24). GoLegit ya genera contratos con la jornada de 42 horas adecuada y emite anexos de modificación de jornada con firma electrónica.

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